Prevención del Lavado de Activos

Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo

Sol Naciente Seguros se encuentra firmemente comprometida a colaborar con las autoridades competentes en la prevención contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo. Por ello, ha adoptado todos los recaudos necesarios con la intención de preservar al Sistema Asegurador de los usos fraudulentos de las organizaciones criminales.

¿Qué es el lavado de activo?

El lavado de activos es un delito económico de carácter internacional contemplado por nuestro ordenamiento legal, a través del cual el crimen organizado pretende legitimizar el resultado económico de su accionar delictivo, incorporando el mismo al circuito de la economía formal. Es por ello que los fondos que se pretenden blanquear provienen de la ejecución de delitos precedentes entre los cuales se destacan -por su impacto social y económico-, los siguientes: el narcotráfico, el contrabando de armas y estupefacientes, el terrorismo internacional, el tráfico de personas, la prostitución infantil; y la corrupción en todas sus formas, por sólo mencionar algunos de los principales ejemplos.

¿Qué es el financiamiento del terrorismo?


Se entiende por terrorismo las actividades de quien o quienes a través de cualquier modalidad, directa o indirectamente, ilícita y deliberadamente, provea o recolecte fondos con la intención de que se utilicen o, a sabiendas de que serán utilizados en todo o en parte, para ese destino. En estos casos, lo relevante es el destino potencial de los fondos, pudiendo su origen ser lícito o ilícito.


Sujetos Obligados


Se denomina "sujeto obligado" a las instituciones, empresas, personas físicas o jurídicas, organismos de la administración pública, etc., que deben brindar información a la Unidad de Información Financiera (UIF). Sol Naciente Seguros es sujeto obligado de acuerdo con los términos de la Ley Nro. 25.246 -Art. 20-, inc. 8, su modificatoria la Ley 26.683; y Resolución UIF vigente.

Como tal debe desarrollar un sistema de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo el cual debe incluir los siguientes aspectos:

• La gestión de riesgos de LAyFT
• El cumplimiento de la normativa vigente
• El diseño de procedimientos de debida diligencia adecuados al nivel de riesgo de cada cliente
• El monitoreo de las operaciones, su análisis y reporte a la UIF cuando corresponda

¿Qué es la Unidad de Información Financiera?

La UIF es un ente autárquico y funciona en jurisdicción del Ministerio de Hacienda de la Nación. Esta Institución es la responsable de realizar el análisis, el tratamiento y la transmisión de información con el objetivo de prevenir e impedir el lavado de activos provenientes de acciones delictivas graves. Además se encuentra facultada a emitir directivas e instrucciones que deberán cumplir e implementar los sujetos obligados

Obligaciones que deben cumplirse


Sol Naciente Seguros, al encontrarse alcanzado por dichas disposiciones, debe cumplir, entre otras, con las siguientes exigencias:

• La designación, por parte del órgano administrativo, de un Oficial de Cumplimiento, quien será responsable de velar por la observancia de las políticas establecidas por la máxima autoridad de la empresa para prevenir, detectar y reportar operaciones que puedan estar vinculadas a los delitos de LAFT y de la Normativa Aplicable por parte de la UIF.
• Elaborar y aplicar una política de identificación y conocimiento del cliente; esto es un pilar fundamental para un funcionamiento eficaz de las políticas de prevención del Lavado de Activo y Financiamiento del Terrorismo.
• La elaboración de registros de análisis y gestión de riesgo de las operaciones inusuales detectadas y aquellas que, por haber sido consideradas sospechosas, hayan sido reportadas. Cualquier hecho u operación (tentada o realizada) respecto a la cual se verifique la presencia de una Señal de Alerta, o no resulte consistente con el Perfil del Cliente, será comunicado de inmediato al Oficial de Cumplimiento.
• La implementación de herramientas tecnológicas para el registro y la consolidación de las operaciones que se realizan con los clientes, que permitan analizar o monitorear distintas variables para visualizar posibles operaciones sospechosas. • Realizar una autoevaluación de riesgos de la empresa: implica establecer políticas, procedimientos y controles que permitan identificar, evaluar, mitigar y monitorear los riesgos.
• Efectuar una declaración de tolerancia al riesgo y diseñar políticas de aceptación de clientes de alto riesgo
• Contar con la Matriz de Riesgo Cliente
• Contar con Manuales y Procedimientos de PLAyFT
• Capacitar a todos los colaboradores


Persona Expuesta Políticamente (PEP)

Refiere a las personas que cumplen o a quienes se les ha confiado funciones públicas prominentes, ya sea en el país como en el extranjero. Para verificar si una persona es calificada como PEP se deberá corroborar con la nómina establecida en la Res. 134/2018 de la UIF. En caso de que una persona deba ser considerada como PEP, deberá cumplimentar el Formulario DDJJ PEP

El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326. La DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES, Órgano de Control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales.

N° de inscripción en SSN
0574

Atención al asegurado
0800 666 8400

Organismo de control


La entidad aseguradora dispone de un Servicio de Atención al Asegurado que atenderá las consultas y reclamos que presenten los tomadores de seguros, asegurados, beneficiarios y/o derechohabientes.

El Servicio de Atención al Asegurado está integrado por:

RESPONSABLE: Miranda, Gustavo Jorge, teléfono 5279-9530/39/interno 508, correo electrónico: gustavomiranda@solnacientesa.com.ar
SUPLENTE: Dominguez, Leonardo Nicolás, teléfono 5279-9530/39/interno 510, correo electrónico: leonardodominguez@solnacientesa.com.ar

En caso de que existiera un reclamo ante la entidad aseguradora y que el mismo no haya sido resuelto o haya sido desestimado, total o parcialmente, o que haya sido denegada su admisión, podrá comunicarse con la Superintendencia de Seguros de la Nación por teléfono al 0800 666 8400, correo electrónico a consultas@snn.gob.ar o por formulario web a través de argentina.gob.ar/ssn.